El Ayuntamiento de Carreño continúa con su labor de impulso de la administración electrónica. Durante años hemos venido fomentando la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en el desarrollo de la actividad cotidiana de la ciudadanía a través del Centro de Dinamización Tecnológica local – antiguo telecentro- y la red municipal de Aldeas Digitales. Hemos hecho verdaderos esfuerzos dentro del ejercicio de nuestras competencias, con el fin, de facilitar la participación y comunicación con los vecinos y las vecinas, para la presentación de documentos y para la realización de trámites administrativos. Nuestra web ha sido premiada recientemente como la web más inclusiva. Así mismo, hemos implantado un sistema de firma electrónica reconocida para todo su personal.
En el día de hoy, damos un paso más, formalizando un Convenio con el Colegio Oficial de Arquitectos ( COAA). Esta entidad puso en funcionamiento el sistema de visado electrónico de los documentos que componen los trabajos profesionales de sus colegiados/as, dándoles la posibilidad de visar y registrar telemáticamente documentos que requieren el visado del colegio.
Por ello, ambas entidades, hemos valorado positivamente los beneficios que se obtendrían de la colaboración entre ambas instituciones en la materialización práctica de la Administración Electrónica, a tal fin, redactamos un borrador de convenio que se revisó por todos los grupos políticos en la Comisión Informativa de Desarrollo Local y hoy rubricamos públicamente nuestra firme intención de adoptar las medidas necesarias para reducir la producción, gestión y conservación de documentos en soporte papel por su elevado coste medioambiental sustituyéndolo por formato electrónico, facilitando así a la ciudadanía, a las empresas y a los/as profesionales las relaciones administrativas con este Ayuntamiento. Las dos entidades colaboraremos en la materialización, práctica y eficaz, de la tramitación telemática plena de aquellos procedimientos administrativos en los que se aportan trabajos profesionales elaborados por arquitectos/as (instrumentos urbanísticos, planeamiento de desarrollo, proyectos de obras, etc.) que son visados electrónicamente por el Colegio Oficial de Arquitectos ( COAA). Más adelante, y si así se considera de interés, podríamos extender esta colaboración a otras materias de interés común relacionadas con la prestación de servicios públicos electrónicos.
El Ayuntamiento y el Colegio de Arquitectos mantendremos una colaboración y contacto permanentes a través de un Grupo Mixto de Coordinación en el que participarán representantes técnicos, jurídicos, organizativos y archivísticos de ambas entidades. Este grupo contará con dos coordinadores, uno para cada una de las partes y se reunirá, al menos una vez cada seis meses. Este grupo Mixto de Coordinación elaborará en el plazo máximo de treinta días, desde la fecha de la firma de este Convenio, el documento de requisitos técnicos y funcionales que deben cumplirse para que se pueda presentar documentación electrónica en aplicación de este Convenio así como su reglamento de funcionamiento. Tanto el Ayuntamiento de Carreño como el COAA se obligan a cumplir con los requisitos técnicos y funcionales que defina y apruebe el mencionado Grupo Mixto de Coordinación así como resolver cualquier duda o cuestión técnica u operativa a través del mismo.
El Ayuntamiento de Carreño, el COAA y sus colegiados se relacionarán telemáticamente con apoyo en firmas electrónicas avanzadas y/o reconocidas, y en los sellos o firmas de entidad. A estos efectos será plenamente utilizable el DNI electrónico. El colectivo de arquitectos/as colegiados/as podrá actuar a través de esos medios y con el cumplimiento de los requisitos legales ante la Oficina Virtual Municipal en representación de sus clientes. Para ello, el Ayuntamiento de Carreño preparará, en su Oficina Virtual en Internet, la presentación telemática plena –o, si no es posible, parcial- de aquellos procedimientos que se vayan decidiendo por parte del Grupo Mixto de Coordinación.Por su parte el COAA difundirá, facilitará y promoverá entre sus colegiados/as el cumplimiento de los requisitos técnicos y operativos que se establezcan como resultado de este convenio.
Este Convenio surtirá efectos desde el día de su firma y tendrá una duración de tres años. Se extenderá prorrogado automáticamente si ninguna de las partes denuncia el convenio tres meses antes de su finalización y las prórrogas, sin límite de número, serán anuales.