INFORMACIÓN SOBRE EL SISTEMA DE DEPENDENCIA
27/11/2007
INFORMACIÓN SOBRE EL SISTEMA DE DEPENDENCIA
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¿A quien se considera una persona en situación de Dependencia?
A una persona cuando de forma permanente, por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. Art 2.2 de la Ley de Dependencia.
El baremo para la valoración de las personas dependientes, se consideran actividades básicas de la vida diaria las siguientes:
1 . Comer y beber.
2. Regulación de las necesidades.
3. Lavarse
4. Otros cuidados temporales
5. Vestirse y lavarse.
6. Mantenimiento de la salud.
7. Trasferencias corporales.
8. Desplazarse dentro del hogar.
9. Desplazarse fuera del hogar.
- Dirigirse a los Servicios de Valoración de la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
- Los Servicios de Valoración valorarán el grado de dependencia de la persona en cuestión y propondrán un plan individualizado de atención que incluirá los servicios y prestaciones que contempla la Ley.
Grados de dependencia:
a) Grado I . Dependencia moderada. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria, al menos una vez al día. Nivel 1 y 2. Servicio de ayuda a domicilio se determinará mas adelante pues la cobertura de este colectivo se hará a partir de 2011. Implantación nivel 2. Años 2011 a 2012. Nivel 1. Años 2013 a 2014.
b) Grado II. Dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador. Nivel 1 y 2. Servicio de ayuda a domicilio se establece entre 30 y 55 horas mensuales. Implantación nivel 2. Años 2008 a 2009. Nivel 1. Años 2009 a 2010.
c) Grado III. Gran dependencia. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día, y por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continuada de otra persona. Nivel 1 y 2. Servicio de ayuda a domicilio se establece entre 55 y 90 horas mensuales. Prestaciones económicas van desde 390 € a 780 € según nivel. Vinculada al servicio, entorno familiar, o asistencia personal. Implantación 2007 niveles 2 y 1.
Una conquista sindical histórica
Comentarios:
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1.
Aunque la prestación de servicio seria la apuesta prioritaria, y que la ayuda económica lo sea de manera extraordinaria.
Nuestra Comunidad Autónoma toma como referencia el 75 % del IPREM, mientras en las demás Comunidades se parte del 100 % .
Cuando se establezcan los criterios del Copago, la referencia sea el Salaria Mínimo Interprofesional.
YA ESTAMOS RECORTANDO
Publicado por: Arturo Gomez | 27/11/2007 11:21:45
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2. La Federación de Pensionistas de CC OO de Gijón reivindicó ayer, durante la presentación de las jornadas que llevan por título «Otra manera de ver a nuestros mayores», mejoras en la ley de dependencia redactada por la Consejería de Bienestar Social del Principado.
Entre los puntos que tratar, el secretario general de la Federación de Pensionistas, Francisco González, señaló la diferencia de criterios para otorgar las prestaciones económicas en Asturias y en otras comunidades autónomas, y reclamó «igualdad de tratamiento».
El decreto del Principado establece las ayudas para los grandes dependientes partiendo del 75% del Iprem (indicador público de renta de efectos múltiples). Es decir, para que un gran dependiente reciba el 100% de las ayudas tendría que cobrar un salario inferior a 374 euros, «un sueldo menor al salario social, que está establecido en 396 euros y en 416 euros para los mayores de 65 años», apunta González.
Este dato supone que «nadie recibirá el 100% de las retribuciones económicas», puesto que la Consejería de Bienestar Social «no debería permitir que ninguna persona cobrara menos del salario social». En otro orden de cosas, la Federación de Pensionistas reclama «la puesta en marcha del consejo consultivo de la dependencia en Asturias».
El secretario general pide a la Administración autonómica que «presione, dentro de sus posibilidades, al Ministerio de Trabajo para que se pongan en marcha los decretos establecidos acerca del copago y acreditación y calidad del empleo». En este sentido González señaló que «se van a crear puestos de trabajo, pero se deben conocer las condiciones».
A pesar de todo, la Federación de Pensionistas de CC OO «seguirá manteniendo su apoyo a la Consejería en el desarrollo de este tipo de leyes». Por otra parte, Francisco González quiso mostrar su apoyo «incondicional» a los manifestantes en contra de la siniestralidad laboral, y aseguró que «muchos trabajadores de este sindicato y de nuestra federación se vieron obligados a jubilarse antes de lo previsto por un
Publicado por: Francisco Glez. | 27/11/2007 11:34:06